Faltas leves
Injuriar u ofender a un miembro de la comunidad educativa o falsificar documentos académicos son algunas de las conductas de los alumnos consideradas graves para la convivencia en los centros escolares. Estas faltas y otras calificadas como leves deben corregirse mediante la aplicación de las sanciones que figuran en el reglamento de régimen interno de cada colegio, según las pautas que marca la normativa de las comunidades a
utónomas.
Faltas graves
Se calificará como falta grave cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave.
Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el Reglamento de Régimen Interior.
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