jueves, 14 de abril de 2011

TIPOS DE FALTAS

Por: Elver Julian Salazar
Sanciones
En la institución las sanciones son de carácter formativo ofrecen elementos de reflexión contribuyendo al fortalecimiento de la personalidad y construyendo ala sana convivencia antes de aplicar cualquier sanción se realizara un proceso formativo de accesoria y de orientación.

Faltas.
Las faltas se clasifican como leves graves y gravísimas según si han faltado a los principios y filosofía institucional olas obligaciones estipuladas en este reglamento o manual de convivencia social.

Faltas leve
• Incumplimientos de tareas o de trabajos
• La falta constante de higiene cuidado personal
• Inasistencia a clase sin ninguna justificación
• Comer en horas de clase
• Salir del aula de clase o permanecer fuera de ella.

Faltas grave
• Hacer fraudes en evaluaciones o trabajos
• Incumplimiento sistemático de trabajos y tareas
• Reincidencia en faltas leves hasta dos veces
• Agredir o aprovecharse de un menor de igual o mayor condición
• Violar los espacios privados aledaños ala institución

Faltas gravísimas
• Fraude intento de fraude falsificación de firmas y abuso de confianza
• Incumpliendo de compromisos académicos y disciplinarios acordados
• Hurto agravado comprobado

TIPOS DE SANCIONES

Por: Brayan Ramírez



Faltas leves


Injuriar u ofender a un miembro de la comunidad educativa o falsificar documentos académicos son algunas de las conductas de los alumnos consideradas graves para la convivencia en los centros escolares. Estas faltas y otras calificadas como leves deben corregirse mediante la aplicación de las sanciones que figuran en el reglamento de régimen interno de cada colegio, según las pautas que marca la normativa de las comunidades a


utónomas.





Faltas graves  
Se calificará como falta grave cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave.falta leve


Las faltas leves se corregirán de forma inmediata de acuerdo con lo que se disponga en el Reglamento de Régimen Interior.